Desde ANABAD CANTABRIA queremos informar sobre dos cuestiones que consideramos de interés. Primero, reseñamos de un modo general las modificaciones legales introducidas en la última ley de Medidas fiscales 5/2019 que afectan a la ley de Patrimonio Cultural de Cantabria, y han pasado bastante desapercibidas. En segundo lugar recordamos la convocatoria de las oposiciones del Gobierno de Cantabria, todavía abierta.
1.- A final del año pasado, la Ley de Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas incorporaba en su artículo 15, modificaciones significativas de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. (v. Boletín Oficial de Cantabria publicado el lunes, 30 DE DICIEMBRE DE 2019 – BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 76, CVE-2019-11341. Enlace: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=346177).
Quiere simplificar y clarificar procedimientos y trámites del procedimiento de protección del Patrimonio Cultural y, a la vez, ofrecer mayor seguridad jurídica. Establece el silencio negativo con relación a la declaración de Bienes de Interés Cultural, Local e Inventariados y en los procedimientos de autorización. Hay más cambios, revisad y analizad las variaciones vosotros mismos.
En lo relativo a nuestro ámbito, la redacción denota un énfasis en la protección archivística, pormenorizando e insistiendo cuando los bienes documentales están contenidos o vinculados a bienes inmuebles. En este sentido los artículos con menciones específicas al ámbito archivístico / documental son: 18, 3 a) y 19, 2 (al declarar Bien de Interés Cultural); y 28 bis y 29 (en la categoría de Bien de Interés local), cuando hablan de “las partes integrantes, pertenencias, accesorios y bienes muebles y documentales que, por su vinculación con el inmueble (…)”.
Se insiste específicamente en la protección de los archivos o conjuntos documentales, el derecho de examen e información por parte de la administración, en el artículo 43.
Además, como es habitual, se modifican otras leyes. Es el caso de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o de la ley de Función Pública de Cantabria, entre otras. Lo dicho, echad un vistazo.
2.- Además, os recordamos que el Boletín Oficial de Cantabria, BOC 8 de enero de 2020 publicó la convocatoria de oposiciones para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se completa con un apartado de concurso. La Oferta de Empleo Público de 2018 contempla dos plazas de Cuerpo Facultativo Superior de Archivos. https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=346464.
Ya puestos, recordamos que también sale una plaza perteneciente al Cuerpo Diplomados y Técnicos Medios, especialidad Conservador/Restaurador, d, subgrupo de clasificación A2.
Por cierto, en el segundo semestre de 2019 – BOC 16 de agosto- se convocó una bolsa de trabajo extraordinaria (numero 2019/05) para la cobertura con carácter interino de puestos de trabajo del Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios, Especialidad Ayudante de Archivos. Animamos a la administración autonómica a sacar estas plazas en procesos selectivos en las próximas Ofertas Públicas de Empleo y a reforzar sus infradotados archivos administrativo.
Esperamos que esta información os resulte útil.